martes 30 abril, 2024
Interes General

En defensa de los usuarios del Subte

Una decisión judicial establece que: si no funciona la escalera mecánica o el ascensor, no hay que pagar el pasaje

Así lo dispuso el Juez Roberto Gallardo, luego del análisis de una causa que lleva más de dos años y que está relacionada con la falta de accesibilidad en las estaciones del Subterráneo Porteño. En la última recorrida realizada se verificaron cincuenta y un medios de accesibilidad inactivos..

Se trata del expediente “Fernández Gustavo Damián y otros c/ GCBA y otros s/ otros proceso incidentales –amparo– usuarios y consumidores”, nº 769.846/2016-8, en trámite  ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Nº 3.

La resolución establece que se declaró incumplida la medida cautelar vigente y que por lo tanto “se ha dispuesto que todos los usuarios del servicio de transporte subterráneo (SUBTE) que al ingresar o egresar de una estación de la red se vean imposibilitados de hacer uso de los medios mecánicos de elevación (escaleras mecánicas, ascensores, salva escaleras) por encontrarse éstos fuera de funcionamiento en ese momento, se encontrarán exentos de abonar la tarifa fijada para acceder al servicio regular”.

Además, la Justicia porteña ordenó a Metrovías y Sbase difundir esta resolución, fijando en cada boletería de toda la red el aviso sobre lo dispuesto, que a su vez deberá publicarse en los principales diarios de tirada nacional, tanto en papel como en sus versiones online.

El fallo repasa las instancias y advierte sobre la “involución” registrada en materia de accesibilidad. La última revisión fue llevada a cabo el 7 de febrero próximo pasado, cuando “se verificaron 51 medios de accesibilidad sin operatividad, habiendo descontado ya los supuestos ajenos a la responsabilidad de Metrovías SA. Tal es el marco involutivo en que nos encontramos”.

En un duro fallo contra la empresa Metrovías, el Doctor Gallardo concluye en que “Pareciera que pese a haber transcurrido más de dos años del inicio de la causa, las decisiones jurisdiccionales, las sanciones conminatorias, las necesidades de los usuarios, y las obligaciones contractualmente asumidas por el operador del servicio de transporte, Metrovías SA resultaría desinteresada en asegurar un eficaz funcionamiento de los ascensores y de las escaleras mecánicas instaladas en las estaciones de subterráneo”.

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